TERCERA CONVOCATORIA (PERIODO 2021-2) DEL FONDO EDUCATIVO DEL DISTRITO PARA HIJOS DE EMPLEADOS –FEDHE
El Fondo Educativo en Administración para los hijos de los empleados públicos de las entidades distritales, denominado "FONDO EDUCATIVO DEL DISTRITO PARA HIJOS DE EMPLEADOS -FEDHE-, estará destinado al otorgamiento de créditos educativos 100% condonables, para la realización de estudios superiores en programas de pregrado y posgrado en el país, dirigidos a los hijos (as) de los empleados públicos de las entidades distritales, incluidas aquellas pertenecientes al sector salud y a los organismos de control, que ostentan derechos de carrera dentro del sistema general de carrera vigente, así como de los empleados de libre nombramiento y remoción; de los niveles asistencial, técnico y profesional, en Instituciones de Educación Superior – IES- aprobadas por el Ministerio de Educación Nacional, de acuerdo con los requisitos y condiciones que señale el Reglamento Operativo del Fondo.
Es importante señalar que el ASPIRANTE a la financiación es el hijo/a del funcionario del Distrito y el POSTULANTE es el funcionario del Distrito, que debe ser el empleado público de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción; de los niveles asistencial, técnico y profesional, de las entidades distritales.
El DEUDOR SOLIDARIO en primera instancia, podrá ser ejercida por el padre o madre del aspirante, para lo cual diligenciará el formulario para estudio con UN deudor solidario, realizar el pago y continuar con el diligenciamiento del formulario de inscripción. En caso de que el resultado del estudio realizado por la central de riesgos sea negativo, habrá lugar a la presentación de otro deudor solidario, para lo cual se diligenciar el formulario para estudio con Un deudor solidario con los datos del nuevo codeudor y pagar nuevamente el estudio de crédito.
El padre o madre podrá postular para ser beneficiario con los recursos de este fondo, máximo dos (2) hijos, pero debe postularlos en convocatorias diferentes, si se realiza la inscripción de 2 hijos en la misma convocatoria, la segunda inscripción quedará anulada.
En el formulario de inscripción del aspirante, se deben adjuntar los documentos en formato PDF para verificación de requisitos y calificación.
CRONOGRAMA
Fecha |
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Inscripción Aspirantes portal WEB ICETEX https://portal.icetex.gov.co/Portal/Home/HomeEstudiante/fondos-en-administracion-Listado/fedhe Diligenciar los dos formularios de:
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03 agosto al 11 de agosto de 2021 |
Documentos Para verificar el cumplimiento de requisitos, en el formulario de inscripción, se deberán adjuntar en formato PDF, los siguientes documentos:
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03 agosto al 11 de agosto de 2021 |
Evaluación y Calificación de Aspirantes a la Financiación |
12 al 25 de agosto de 2021 |
Junta para aprobación de resultados beneficiarios pre aprobados |
27 de agosto de 2021 |
Publicación de Resultados |
01 de septiembre de 2021 |
Reclamaciones a través del siguiente correo |
02 y 03 de septiembre de 2021 |
Junta para respuesta a reclamaciones |
10 de septiembre de 2021 |
Publicación de beneficiarios admitidos a la financiación |
16 de septiembre de 2021 |
Legalización del Crédito Educativo |
20 septiembre al 05 de octubre de 2021 |
1. REQUISITOS MÍNINIMOS DE LOS ASPIRANTES A LA FINANCIACIÓN
Los (las) hijos(as) de los (las) empleados (as) públicos que sean postulados, como aspirantes a la financiación del Fondo, deberán acreditar como mínimo los siguientes requisitos:
Para los efectos de este numeral, se entenderá que es beneficiario activo aquel empleado a quien no se le haya condonado sus obligaciones derivadas de créditos otorgados por parte de entidades o fondos educativos del Distrito Capital.
IMPORTANTE:
2. DOCUMENTOS REQUERIDOS
Los requisitos del numeral anterior, deberán ser acreditados con la presentación de los siguientes documentos:
En caso de que el (la) aspirante se encuentre en situación de discapacidad permanente, ésta debe ser acreditada por autoridad competente, a efectos de tenerse en cuenta como factor de desempate de ser necesario.
3. RUBRO A FINANCIAR
Con cargo al Fondo FEDHE se financiará por semestre o ciclo académico el rubro “Matrícula” hasta por el monto señalado a continuación, para dar inicio o culminar Programas Académicos de educación formal del nivel de formación: Técnico Profesional, Tecnológico, Profesional y Posgrado, en Instituciones de Educación Superior de Colombia, de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento.
Nivel de Formación |
Monto máximo a financiar por semestre o ciclo académico |
Técnico Profesional |
Hasta 1.5 SMMLV (salarios mínimos mensuales vigentes) |
Tecnológico |
Hasta 1.5 SMMLV (salarios mínimos mensuales vigentes) |
Profesional |
Hasta 4 SMMLV (salarios mínimos mensuales vigentes) |
Posgrado |
Hasta 5 SMMLV (salarios mínimos mensuales vigentes) |
IMPORTANTE:
Los costos de matrícula NO incluyen cursos de nivelación, inscripciones ni ningún otro gasto o derecho pecuniario o complementario que pueda exigir la IES.
4.INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y PROGRAMAS ACADÉMICOS AUTORIZADOS
Serán elegibles a la financiación del Fondo los hijos (as) de los empleados públicos que vayan a cursar o culminar Programas Académicos en modalidad presencial o virtual en Instituciones de Educación Superior de Colombia, que se encuentren debidamente autorizadas por el Ministerio de Educación Nacional.
5. PLAZOS Y PROCEDIMIENTOS
Los plazos requeridos para el desarrollo de cada una de las actividades enmarcadas en la primera a Convocatoria del Fondo “FEDHE” corresponderán a los señalados en el numeral 1. Cronograma.
Los procedimientos que describen cómo se adelantarán cada una de ellas se relacionan a continuación.
5.1 Publicación, Apertura y Divulgación de la Convocatoria
La tercera convocatoria del Fondo FEDHE, periodo 2021-2 estará publicada en la página del ICETEX, https://portal.icetex.gov.co/Portal/Home/HomeEstudiante/fondos-en-administracion-Listado/fedhe. Para su socialización, el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital (DASCD), efectuará la difusión de la Convocatoria a través de la página web www.serviciocivil.gov.co.
5.2 Inscripción Aspirantes a la Financiación y Deudor Solidario
Los hijos (as) de los empleados públicos de las entidades distritales, incluidas aquellas pertenecientes al sector salud y a los organismos de control, que ostentan derechos de carrera dentro del sistema general de carrera vigente, así como de los empleados de libre nombramiento y remoción; de los niveles asistencial, técnico y profesional interesados en participar como posibles beneficiarios de la financiación, deberán conocer de manera integral el Reglamento Operativo del Fondo “FEDHE” así como los Lineamientos de la Convocatoria para surtir su proceso de inscripción, el cual deberá desarrollarse así:
El interesado que considere que reúne los requisitos y condiciones establecidos en la Convocatoria y el Reglamento Operativo, deberá acceder a la página del ICETEX, https://portal.icetex.gov.co/Portal/Home/HomeEstudiante/fondos-en-administracion-Listado/fedhe, a fin de diligenciar íntegramente el formulario de inscripción de acuerdo con las instrucciones allí señaladas.
La información registrada en el formulario de inscripción es responsabilidad única del aspirante, por lo cual, si al momento de legalizar el crédito se encuentran inconsistencias, dará lugar a la no legalización del crédito y anulación de la aprobación de este, sin perjuicio de las denuncias de tipo penal y disciplinario a las que haya lugar.
IMPORTANTE:
5.3 Recepción documentos parciales cumplimiento requisitos de inscripción
Para verificar el cumplimiento de requisitos de inscripción, en el formulario de inscripción, se deberán adjuntar en formato PDF, los documentos señalados en el Numeral 2 de esta convocatoria, en concordancia con el artículo 9 del reglamento operativo del Fondo FEDHE.
6. EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN DE ASPIRANTES A LA FINANCIACIÓN
El ICETEX, a partir de la información consignada en la solicitud por el aspirante en el formulario de inscripción, determinará si éste cumple o no con los requisitos mínimos y demás condiciones para su inclusión al proceso. Las omisiones o inconsistencias en la información requerida, el incumplimiento de los plazos de inscripción o de los requisitos establecidos, serán causales de exclusión del proceso.
Consolidada la información de los aspirantes a la financiación que cumplen la totalidad de requisitos mínimos establecidos en la convocatoria se determinará si procede su admisión en el proceso y con base en la información diligenciada, el ICETEX procederá a evaluar y calificar cada una de estas solicitudes de financiación de conformidad con los siguientes criterios y puntajes:
Criterio de Evaluación |
Calificación |
Antigüedad en el empleo del padre o madre del aspirante |
Hasta 20 puntos |
Nivel del cargo desempeñado del padre o madre del aspirante |
Hasta 20 puntos |
Resultado en firme de la última Evaluación del Desempeño Laboral del padre o madre del aspirante |
Hasta 15 puntos |
Puntaje del aspirante Pruebas Estado o promedio académico |
Hasta 40 puntos |
Certificado electoral del aspirante, o del servidor que lo postula en caso de ser menor de edad |
Hasta 5 puntos |
Total |
100 puntos |
La calificación de los criterios de evaluación será aplicada teniendo en cuenta la siguiente valoración:
1. Antigüedad en el Empleo del padre o madre del aspirante – Hasta 20 puntos
Valoración |
Calificación |
Entre 1 y 5 años |
5 puntos |
Entre 5,1 y 10 años |
10 puntos |
Entre 10,1 y 15 años |
15 puntos |
15,1 años o más |
20 puntos |
2. Nivel del Cargo Desempeñado del padre o madre del aspirante – Hasta 20 puntos
Valoración |
Calificación |
Nivel Asistencial |
20 puntos |
Nivel Técnico |
15 puntos |
Nivel Profesional |
10 puntos |
3. Resultado en firme de la última Evaluación del Desempeño Laboral (EDL) del padre o madre del aspirante – Hasta 15 puntos
Valoración |
Calificación |
EDL con calificación Sobresaliente |
15 puntos |
Resultado con EDL con calificación satisfactoria |
10 puntos |
4. Puntaje del aspirante Pruebas de Estado o Promedio Académico – Hasta 40 puntos
Primer ciclo académico
Valoración |
Calificación |
Puntaje global Pruebas Estado: hasta 300 puntos |
10 puntos |
Puntaje global Pruebas Estado: 301 a 320 puntos |
20 puntos |
Puntaje global Pruebas Estado: 321 a 340 puntos |
30 puntos |
Puntaje global Pruebas Estado mayor a 341 puntos |
40 puntos |
Segundo ciclo en adelante
Valoración |
Calificación |
Promedio académico ciclo anterior de 3.60 a 3.89 |
20 puntos |
Promedio académico ciclo anterior de 3.90 a 4.19 |
30 puntos |
Promedio académico ciclo anterior igual o mayor a 4.2 |
40 puntos |
Posgrado primer ciclo
Valoración |
Calificación |
Promedio académico acumulado en pregrado de 3.60 a 3.89 |
20 puntos |
Promedio académico acumulado en pregrado de 3.90 a 4.19 |
30 puntos |
Promedio académico acumulado en pregrado mayor a 4.2 |
40 puntos |
Posgrado segundo ciclo en adelante
Valoración |
Calificación |
Promedio académico ciclo anterior de 3.60 a 3.89 |
20 puntos |
Promedio académico ciclo anterior de 3.90 a 4.19 |
30 puntos |
Promedio académico ciclo anterior igual o mayor a 4.2 |
40 puntos |
5. Certificado electoral del aspirante o del servidor que lo postula en caso de ser menor de edad– 5 puntos
Valoración |
Calificación |
Certificado electoral del aspirante o del servidor que lo postula en caso de ser menor de edad |
5 puntos |
Para efectos de ser seleccionado (a) como posible beneficiario (a) a la financiación del Fondo, el (la) postulante deberá obtener una calificación mínima de setenta (70) puntos como producto de la evaluación realizada por el ICETEX.
La selección de beneficiarios (as) se realizará en estricto orden de puntaje, de acuerdo a los criterios establecidos y a los recursos disponibles del Fondo, protegiendo siempre la sostenibilidad de las cohortes.
6.1. Factores de Desempate
En caso de calificaciones iguales entre dos o más postulados, cuando los recursos del Fondo no sean suficientes para atender más solicitudes, se tendrán en cuenta, en su orden, los siguientes criterios para el desempate:
En caso de prevalecer empate se dirimirá mediante sorteo, el cual será realizado por el ICETEX, mediante el sistema de balotas.
6.2 Publicación de Resultados de los aspirantes a la financiación admitidos en el proceso
A partir de la revisión de los formularios de inscripción y los documentos de soporte de la información registrada, el ICETEX efectuará la publicación de la totalidad de los aspirantes inscritos indicando si fueron admitidos o no para continuar en el proceso. La admisión al proceso estará determinada por la información consignada y los documentos soportes aportados por el aspirante en el formulario de inscripción, de acuerdo con el cumplimiento de los requisitos que hacen parte integral de la convocatoria.
IMPORTANTE: El ser admitido en el proceso NO genera ningún derecho para el aspirante a la financiación, ni obligación para el FONDO, hasta tanto no se verifique la disponibilidad presupuestal, se surta aprobación de la Junta Administradora del Fondo, el posible beneficiario debe efectuar los trámites de legalización del crédito educativo, se lleve a cabo la validación de la Calificación del postulante, una vez presentados los documentos soportes para la evaluación y se cuente con el concepto jurídico viable de las garantías por parte del ICETEX.
6.3 Reclamaciones
Los inscritos que no resulten admitidos para continuar en el proceso, podrán presentar la reclamación respectiva en el correo fedhereclamaciones@icetex.gov.co , dentro de los términos señalados en la convocatoria. Es importante aclarar que en la fase de reclamaciones NO será procedente modificar, ampliar o reemplazar la información inicialmente consignada en el formato de inscripción, tampoco serán procedentes las reclamaciones de los aspirantes no admitidos por disponibilidad presupuestal.
Las reclamaciones presentadas que den lugar a nuevas evaluaciones y calificaciones, serán presentadas a consideración de la Junta para su validación.
6.4 Aprobación de la Junta Administradora del Fondo de los Posibles Beneficiarios a la Financiación
La aprobación de beneficiarios y adjudicación de los créditos estará a cargo de la Junta Administradora del Fondo “FEDHE”, a partir de la evaluación realizada por el ICETEX, entre los aspirantes que hayan obtenido o superado la calificación mínima establecida hasta agotar el presupuesto disponible, protegiendo siempre la sostenibilidad de las cohortes y teniendo en cuenta los compromisos adquiridos por el Fondo, así como el estricto orden de mérito resultante de este proceso.
7. LEGALIZACIÓN DEL CRÉDITO
Los aspirantes relacionados en el Listado de Admitidos aprobado por la Junta Administradora de FEDHE deberán presentar ante el ICETEX, los siguientes documentos:
IMPORTANTE:
7.1. Constitución de garantías
La obligación crediticia podrá ser respaldada directamente por el padre o madre del beneficiario (a) a la financiación; no obstante, en caso de que el resultado del estudio realizado por la central de riesgos sea negativo, habrá lugar a la presentación de otro deudor solidario para su estudio y aprobación.
El beneficiario (a), deberá suscribir por los medios que el ICETEX establezca, el Pagaré y la Carta de Instrucciones, previa aprobación del estudio del deudor solidario, el cual deberá ser tramitado a través de la página web del ICETEX y efectuado por la central de riesgos establecida por el ICETEX.
8. INFORMACIÓN DEL CRÉDITO EDUCATIVO
8.1 Duración
La financiación del crédito por parte del Fondo FEDHE se garantizará por el lapso equivalente al número de periodos académicos a cursar, o los que al beneficiario (a) le hagan falta para culminar el Programa Académico para el cual le fue aprobada la financiación, según la duración establecida para el mismo y de conformidad con la disponibilidad presupuestal del Fondo.
8.2 Desembolsos
El ICETEX desembolsará a las Instituciones de Educación Superior los recursos autorizados por la Junta Administradora del Fondo.
8.3 Renovación del Crédito
Para la renovación del crédito, para un nuevo periodo académico, el (la) beneficiario(a) deberá, dentro de los plazos establecidos por el ICETEX, actualizar los datos a través de la página web del ICETEX y entregar en dicha entidad la solicitud de renovación anexando los siguientes documentos:
En caso que el beneficiario (a) no obtenga el promedio exigido, no podrá hacer uso de los recursos económicos del Fondo para el período siguiente y su condición será APLAZADO. Sin embargo, el beneficiario (a) deberá actualizar sus datos y realizar la renovación para poner en conocimiento esta situación, sin que en ningún caso tenga derecho a reclamar los giros por los periodos en que no obtuvo el promedio en mención.
De persistir esta situación durante dos periodos académicos consecutivos, se perderá la condición de beneficiario del Fondo FEDHE y se hará exigible la obligación.
Una vez recibida y verificada la documentación, el ICETEX desembolsará a las Instituciones de Educación Superior los recursos autorizados.